Cartes presentó un amparo contra la ley de transparencia que él mismo promulgó

El expresidente recurrió a la Justicia para impedir que el Estado entregue información sobre sus empresas, amparándose en la misma ley de transparencia que él promulgó once años atrás.

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Judiciales 14/10/25

En el marco de la serie Los dueños del país, desarrollada por el medio independiente "El Parámetro", que investiga el poder económico detrás de las grandes fortunas paraguayas, este caso revela una paradoja que incomoda: Horacio Manuel Cartes Jara, expresidente de la República y uno de los empresarios más poderosos del país, presentó un amparo constitucional contra la Ley 5282/14, la misma norma de transparencia estatal que él había promulgado siendo jefe de Estado en 2014.

El expediente —tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Cuarto Turno de la Capital, a cargo del juez Marcelo Rocholl— culminó con una decisión favorable al expresidente. El magistrado ordenó al Estado paraguayo abstenerse de entregar información solicitada por el periodista Alfredo Guachiré, quien buscaba conocer las sociedades donde Cartes, su hermana y sus tres hijos figuran como accionistas o beneficiarios finales.

Más detalles: Radiografía del imperio Cartes: las 83 empresas que sobrevivieron a la OFAC

Horacio Cartes y su hija Sol Cartes

La medida judicial no sólo benefició a Cartes. Antonio J. Vierci, uno de los empresarios mediáticos más influyentes del país, y Miguel Vázquez, presidente de Ueno Bank, también promovieron amparos similares para impedir el acceso público a datos sobre sus estructuras empresariales. En conjunto, estas acciones evidencian un patrón: el uso del sistema judicial para blindar fortunas y restringir el derecho ciudadano a la información.

El pedido que desató el amparo

El 7 de septiembre de 2025, el periodista Alfredo Guachiré Medina presentó ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la solicitud N.º 95823, pidiendo acceso a los registros oficiales de las sociedades en las que figuraban Horacio Cartes y su entorno familiar. La solicitud se basaba en la Ley 5282/14 de Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y en el Artículo 28 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho de toda persona a recibir información veraz y pública.

El pedido formaba parte de la investigación publicada por El Parámetro bajo el título Radiografía del imperio Cartes: las 83 empresas que sobrevivieron a la OFAC, donde se reveló cómo el grupo empresarial del exmandatario se reestructuró durante el bloqueo financiero de Estados Unidos, transfiriendo acciones, adelantando herencias y creando holdings bajo la dirección de su hermana Sarah Cartes y su colaborador José Ortiz.

La solicitud de Guachiré no buscaba datos personales, sino confirmar de manera oficial esa red de sociedades familiares que sobrevivió al bloqueo económico. Sin embargo, Cartes, sus hijos y su hermana respondieron con un amparo constitucional alegando violación de su intimidad.

El juez Marcelo Rocholl les dio la razón. En una resolución breve, sostuvo que la divulgación de esos registros “vulneraría la intimidad y la inviolabilidad patrimonial de los amparistas”, y ordenó al Estado no entregar los documentos solicitados. De esa forma, el expresidente logró frenar la aplicación de una ley que él mismo había firmado como garantía del derecho ciudadano a saber.

El Juez Marcelo Rocholl

El Juez Marcelo Rocholl

Un fallo que retrocede la transparencia

La decisión del juez Rocholl confunde el límite entre lo privado y lo público. Los datos sobre beneficiarios finales y participación en sociedades no son parte de la vida íntima: son registros administrados por el Estado y regulados por la Ley 6446/19, creada para transparentar la propiedad de las empresas y prevenir el lavado de dinero.

Pero en este fallo, la frontera se invierte. La información empresarial del exmandatario se trató como un asunto reservado, y el derecho ciudadano a conocer quién controla las empresas del país quedó subordinado al interés individual del poder económico.

La medida judicial tampoco analizó el contexto: Cartes no es un empresario anónimo. Es un expresidente, jefe partidario, sancionado internacionalmente y titular de un conglomerado con influencia en sectores estratégicos como tabaco, banca, agroindustria y medios. La sociedad tiene un interés legítimo en saber cómo opera ese entramado.

En vez de ponderar ese interés, el juez optó por proteger la reserva de datos. En la práctica, el fallo abre la puerta para que figuras poderosas usen el amparo como escudo contra la rendición de cuentas, debilitando el principio de transparencia que la Constitución y la Ley 5282/14 consagran.

La ley que se volvió contra su autor

La Ley N.º 5282/14, promulgada el 18 de septiembre de 2014, fue firmada por Horacio Manuel Cartes Jara junto a sus ministros Eladio Loizaga (Relaciones Exteriores), Ramón Jiménez Gaona (Obras Públicas) y Germán Rojas (Hacienda).
Esa norma fue presentada como un avance histórico: establecía el principio de máxima divulgación y declaraba de interés público toda información en poder del Estado, salvo excepciones justificadas.

Once años después, el mismo Cartes recurrió a los tribunales para impedir que se le aplique. Su argumento fue la protección de la intimidad familiar; su efecto, la restauración del secreto. La paradoja es evidente: el presidente que institucionalizó la transparencia se convirtió en su primer objetor judicial.

Ley 5282 - AIP promulgada y celebrada por el ex presidente Horacio Cartes en el 2014

Lo que está en juego

El caso Cartes vs. Estado paraguayo no es una disputa personal: es una prueba institucional. Si esta interpretación judicial se consolida, cualquier funcionario, político o empresario podrá invocar la “intimidad” como barrera para impedir que el Estado entregue información pública.

También marca un retroceso para el periodismo de investigación. Si los amparos se transforman en una herramienta de blindaje, la transparencia dependerá de quién sea el investigado y no de la ley misma. En otras palabras, el acceso a los datos públicos podría volverse un privilegio, no un derecho.

Por esa razón, Alfredo Guachiré anunció que agotará las instancias judiciales nacionales y, si persiste la negativa del Estado, recurrirá a organismos internacionales en defensa del derecho ciudadano a acceder a información pública y del deber del Estado de garantizarla.

Epílogo: la transparencia bajo amparo

El 18 de septiembre de 2014, Horacio Cartes firmó la ley que abría las puertas del Estado. El 7 de octubre de 2025, el juez Marcelo Rocholl firmó la resolución que las volvió a cerrar.

Entre ambas fechas hay once años y una sola constante: el poder económico siempre encuentra la forma de proteger su sombra.
En un país donde las grandes fortunas dictan sus propias reglas, el amparo de Cartes es más que un caso judicial: es un símbolo del pulso entre la transparencia y el silencio, entre la ley escrita y el poder real.