Especialista cuestiona sentencia contra Guachiré en caso Frutika

La abogada y doctora en Derechos Humanos Alejandra Peralta Merlo cuestionó duramente la sentencia contra Alfredo Guachiré en el caso Frutika y advirtió sobre riesgos para la libertad de expresión en Paraguay.

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Judiciales 11/5/26

Por Prabhat Pacuá

La sentencia de la jueza Lourdes Peña contra el director de Parámetro, Alfredo Guachiré, por una querella impulsada por Cristina Kress en el marco de publicaciones sobre el caso Frutika, sigue generando reacciones dentro del ámbito jurídico y académico. Esta vez, la abogada y doctora en Derechos Humanos Alejandra Peralta Merlo difundió un extenso análisis crítico de la resolución judicial y sostuvo que el fallo presenta “errores graves” en materia constitucional y de libertad de expresión.

Peralta Merlo, con trayectoria en litigio estratégico y derechos humanos, afirmó haber leído íntegramente la sentencia de 105 páginas y cuestionó especialmente el tratamiento que la magistrada dio al equilibrio entre el derecho al honor y la libertad de expresión. Según sostuvo, el fallo aplica el Código Penal “de forma literal y casi mecánica”, sin desarrollar un análisis constitucional ni convencional profundo sobre el caso.

Libertad de expresión

La jurista señaló que la resolución no realiza un test serio de proporcionalidad y que ignora estándares vinculados al artículo 26 de la Constitución Nacional, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y jurisprudencia reciente de la Corte Suprema, incluyendo el caso “Zucolillo”.

Según explicó, las publicaciones cuestionadas abordaban posibles irregularidades relacionadas con exportaciones de contenedores paraguayos, empresas fantasma en Bélgica, pagos desde Panamá y eventuales conexiones con narcotráfico, temas que, a criterio de la especialista, constituyen un asunto de “evidente interés público”.

Sin embargo, criticó que la jueza haya reducido el caso a “un conflicto privado entre socios de una empresa”, pese a que Paraguay enfrenta históricamente alertas y riesgos vinculados al tráfico internacional de drogas mediante contenedores de exportación.

“La sentencia falla estrepitosamente en el balance entre libertad de expresión y honor”, sostuvo Peralta Merlo en su análisis.

Jueza Lourdes Peña

“Real malicia”

Otro de los puntos cuestionados fue la aplicación del estándar de “real malicia” y el criterio utilizado para evaluar la diligencia periodística.

Peralta Merlo recordó que la propia sentencia reconoce que Alfredo Guachiré accedió a documentos internos y a un sumario administrativo relacionado con la empresa, además de intentar contactar a Cristina Kress para obtener su versión antes de publicar las informaciones.

Pese a ello, según indicó, el fallo interpreta determinadas omisiones, enfoques o énfasis periodísticos como prueba de dolo y “desprecio total a la verdad”.

La especialista sostuvo que ese razonamiento contradice estándares interamericanos y criterios recientes de la Corte Suprema, ya que el periodismo no está obligado a demostrar una “verdad absoluta”, sino a actuar con diligencia razonable y sin conocimiento deliberado de falsedad.

Perspectiva de género

Peralta Merlo también cuestionó la utilización de la perspectiva de género como agravante dentro de la sentencia.

Según indicó, el hecho de que las publicaciones hayan mencionado principalmente a Cristina Kress —en su calidad de gerente visible y firmante de contratos— no constituye automáticamente discriminación de género.

La abogada calificó esa interpretación como “forzada y jurídicamente débil” y comparó el razonamiento con otros antecedentes judiciales polémicos relacionados con libertad de expresión en Paraguay.

Cristina Kress CEO de Frutika

“Efecto disuasivo”

La condena impuesta incluye 300 días-multa, una composición económica de USD 20.000 y la publicación obligatoria de la sentencia.

Para Peralta Merlo, se trata de una sanción “desproporcionada” para un caso vinculado al ejercicio de la libertad de expresión y al periodismo investigativo.

Advirtió además que el fallo podría generar un “efecto disuasivo” sobre periodistas y medios de comunicación que investigan hechos de interés público, especialmente en casos relacionados con posibles irregularidades económicas o estructuras vinculadas al narcotráfico.

En la parte final de su análisis, la especialista sostuvo que la resolución “se aparta de la lógica estructural del derecho y de la protección interamericana de la libertad de expresión”, y alertó que Paraguay podría eventualmente enfrentar responsabilidades internacionales derivadas de este tipo de decisiones judiciales.