El 20 de enero de 2026, José Duarte Penayo, presidente de la ANEAES —y además hijo del expresidente de la República Nicanor Duarte Frutos— declaró en una entrevista radial que Alfredo Stroessner fue “un presidente constitucional” y que, en su opinión, “mató menos que los gobiernos liberales” y fue “benigna” en materia de muertes. En ese mismo espacio, resaltó aspectos que calificó como “positivos”, entre ellos la modernización del país, la promulgación de un código laboral y la construcción de grandes obras hidroeléctricas.
Las declaraciones generaron repercusiones por su contenido y por el lugar institucional desde el cual fueron formuladas: la jefatura de un organismo estatal encargado de evaluar y acreditar la educación superior.
Stroessner, el Plan Cóndor y la prueba documental del terror
La dictadura de Alfredo Stroessner no es considerada como tal por una construcción ideológica posterior ni por una lectura militante del pasado. Lo es porque existen pruebas documentales, judiciales y multilaterales que acreditan que su régimen formó parte de un sistema regional de terrorismo de Estado. Ese sistema tuvo un nombre: el Plan Cóndor.
El Plan Cóndor fue una estructura clandestina de cooperación represiva entre las dictaduras del Cono Sur —Paraguay, Argentina, Chile, Uruguay, Brasil y Bolivia— destinada a perseguir opositores políticos más allá de las fronteras nacionales, intercambiar información de inteligencia y ejecutar secuestros, torturas, traslados ilegales y asesinatos. Paraguay no fue un actor marginal en ese esquema. El régimen stronista funcionó como nodo logístico, archivo y centro de intercambio de información entre los servicios de inteligencia regionales. Esa participación no se presume: está documentada.
Los Archivos del Terror: la dictadura escrita por el propio Estado
Esa documentación tiene una expresión concreta y verificable en los Archivos del Terror, hallados en 1992 en dependencias policiales de Lambaré. El archivo reúne más de 700.000 documentos oficiales producidos por el aparato represivo del Estado paraguayo durante el stronismo.
Agente de la policía posa frente a los archivos del terror hallados en la ciudad de Lambaré 1992
Los Archivos del Terror contienen fichas de detenidos políticos, informes de inteligencia, registros de interrogatorios, comunicaciones internas y correspondencia con servicios de seguridad de otros países. En ellos se documentan detenciones ilegales, torturas, desapariciones forzadas y la coordinación represiva transnacional en el marco del Plan Cóndor.
Su valor probatorio fue reconocido a nivel internacional. La UNESCO incorporó estos documentos al programa Memoria del Mundo, lo que implica un compromiso del Estado paraguayo de preservarlos, difundirlos y reconocer oficialmente el carácter represivo del régimen que los produjo. Desde el punto de vista jurídico, los archivos fueron utilizados como prueba en causas nacionales e internacionales y sirvieron como base para el trabajo de la Comisión de Verdad y Justicia.
Por su origen y contenido, los Archivos del Terror cierran cualquier discusión sobre el carácter dictatorial del stronismo: no son interpretaciones posteriores, sino la represión documentada por el propio Estado.
¿Quiénes consideran a Stroessner un dictador?
La calificación de “dictadura” no surge de opiniones individuales ni de debates coyunturales. Proviene de instituciones con competencia jurídica, histórica y política, tanto nacionales como internacionales.
En Paraguay, la Comisión de Verdad y Justicia documentó más de 20.000 víctimas directas, además de detenciones ilegales, torturas sistemáticas, ejecuciones y desapariciones forzadas. El Estado paraguayo reconoció oficialmente esas violaciones mediante leyes y políticas de reparación. La Constitución Nacional de 1992 se construyó explícitamente como ruptura con el autoritarismo y el partido-Estado del stronismo.
A nivel internacional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos incorporó casos paraguayos vinculados al stronismo y al Plan Cóndor. La Organización de Estados Americanos reconoció el carácter sistemático de la represión en Paraguay. Informes de Amnistía Internacional y Human Rights Watch caracterizan al régimen como una dictadura prolongada con terrorismo de Estado. La historiografía académica regional y comparada lo clasifica como una de las dictaduras más largas de América Latina.
En síntesis, la categoría de dictadura no surge del debate político actual, sino de consensos institucionales consolidados.
La falacia de la “legalidad constitucional”
Uno de los argumentos habituales para relativizar el stronismo es que Stroessner fue “presidente constitucional”. Ese razonamiento omite un punto central: las dictaduras modernas gobiernan con leyes, pero sin libertades.
Durante el stronismo, las elecciones carecían de competencia real, la oposición estaba proscripta o perseguida, el estado de sitio fue casi permanente y el Poder Judicial y el Legislativo funcionaban subordinados al Ejecutivo. La legalidad formal no anula el carácter dictatorial cuando el poder se ejerce sin alternancia, sin derechos efectivos y con represión sistemática. Ese es el estándar utilizado por el derecho internacional.
Por qué esto vuelve grave la declaración
Cuando el presidente de la ANEAES relativiza la dictadura, no discute una interpretación historiográfica. Desconoce pruebas documentales producidas por el propio Estado, contradice compromisos internacionales asumidos por Paraguay y tensiona el marco ético desde el cual se evalúa la educación superior.
José Duarte, presidente de la ANEAES
No se trata de una provocación cultural. Se trata de una colisión institucional entre el discurso de un funcionario estatal y los fundamentos jurídicos, históricos y democráticos del Estado paraguayo.
Los compromisos y obligaciones del Estado paraguayo que se desconocen u omiten
Paraguay es Estado Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos desde 1989, lo que lo obliga a reconocer violaciones graves de derechos humanos, garantizar el derecho a la verdad, preservar la memoria histórica y evitar discursos estatales que relativicen crímenes de Estado. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que minimizar dictaduras o terrorismo de Estado desde el aparato estatal constituye una forma de revictimización.
A ello se suman las obligaciones derivadas del Plan Cóndor, que exigen reconocer la participación estatal en redes de represión, investigar y sancionar esos crímenes y adoptar garantías de no repetición, incluyendo educación y memoria. Paraguay es parte de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y de la Convención contra la Tortura de la ONU, que imponen el deber de condenar sin ambigüedades las prácticas sistemáticas de tortura y desaparición.
En el marco del sistema interamericano y de la Organización de Estados Americanos, Paraguay asumió estándares democráticos que incluyen la condena explícita a dictaduras, la defensa activa de la memoria democrática y el rechazo institucional a discursos autoritarios. El stronismo está catalogado en ese sistema como una dictadura prolongada, sin ambigüedad diplomática posible.